Video conferencia titulada la Evasión Fiscal Administrativa y la Defraudación Fiscal Penal en Panamá organizada por el Colegio Nacional de Abogados, realizado el 26 de octubre de 2020.
En dicha exposición se habló sobre la facultad sancionadora del Estado. la vigencia de ciertos artículos de la ley 76 de 2019 que crea el nuevo Código de Procedimiento Tributario que guarda relación con la evasión fiscal administrativa y la defraudación fiscal penal. Se habló de que la potestad sancionatoria es reglada y no discrecional. La garantía del debido proceso legal no solo es aplicable en el ámbito penal sino también en el ámbito administrativo.
Se hizo énfasis que todas las autoridades están llamadas a cumplir la constitución y la ley. Se expuso sobre las facultades de la DGI y de los deberes del fiscalizador como lo es el de citar a los contribuyentes dentro de plazos prudenciales para formularle preguntas sobre las circunstancias relacionadas con los ingresos, costos y gastos, que dieron como resultado el hecho imponible. Se habló sobre los derechos de los contribuyentes como lo es: el ser tratado con respeto y consideración por parte de las autoridades tributarias, a ser tratado como un contribuyente cumplidor de sus obligaciones.
Se concluyó que la defraudación tributaria es un delito de resultado. Para que se perfeccione el mismo debe concurrir dos elementos: la intencionalidad y el daño.